Es importante, cuando hablamos de AFO, no confundir con el concepto de Acta Final de Obra, un documento que realizan los técnicos de una obra cuando ésta termina. En el caso que nos ocupa, AFO, significa Asimilado a Fuera de Ordenación.
El Asimilado a Fuera de Ordenación es una “licencia” para poder regularizar las edificaciones que se realizaron sin las debidas licencias de urbanismo.
Regulación del Asimilado a Fuera de Ordenación
El Asimilado a Fuera de Ordenación se regula por la Ley del Suelo de cada Comunidad Autónoma. Para más información sobre los AFO en Andalucía, entra en la web de la Junta de Andalucía: Decreto-Ley de edificaciones irregurales
¿Por qué es necesario demostrar que una edificación es legal?
En el caso de que necesitemos vender la construcción, solicitar cualquier tipo de licencia (licencia de obra o licencia de actividad), solicitar el alta de suministros… es necesario demostrar que la edificación es legal.
Para demostrar que dicha construcción no es ilegal, y que está fuera de ordenación debemos consultar la Ley del Suelo de nuestra Comunidad Autónoma. Sin embargo existen una serie de métodos para demostrar su legalidad.
Métodos para demostrar el fuera de ordenación
- Mediante certificado municipal: Expedido por el Ayuntamiento pertinente, donde indica que las posibles irregularidades que pudiera tener la edificación ya han prescrito.
- Certificado técnico de antigüedad: Certificado emitido por un técnico cualificado donde indica que la construcción lleva finalizada un número de años mínimo.
- Acta notarial: En ella deben aparecer todos los datos de la edificación, como por ejemplo las escrituras.
Requisitos para reconocer la edificación como Asimilada a Fuera de Ordenación
- No puede estar construida en:
- Suelo no urbanizable de especial protección
- Zona de influencia litoral
- Suelos de dotaciones públicas
- Suelos con riesgos (derrumbes, desprendimientos…)
Decreto 2/2012, de 10 de enero