Cuando vendemos una vivienda obtenemos unos beneficios económicos, pero es posible que algunos vendedores desconozcan que también deben hacer frente a una serie de gastos que se producen durante el proceso.
¿Qué gastos debe asumir el vendedor de una vivienda?
Ante todo, saber que no todos los procesos de venta de vivienda son iguales, por lo que es posible que algunos gastos cambien o no sean necesarios. Sin embargo, los gastos más comunes son:
Gastos antes de vender la vivienda
- Nota simple: Este documento puede ser solicitado también por el comprador, y es recomendable pedirlo, ya que en dicho documento se conoce si la vivienda está libre de cargas, por lo que es más normal que sea el comprador el que lo solicite. La nota simple de una vivienda puede solicitarse en la Web del Colegio de Registradores.
- Certificado de eficiencia energética: Es obligatorio a la hora de vender una vivienda. Para conseguir el certificado de eficiencia energética es necesario que un técnico inspeccione la vivienda para medir el gasto energético de la misma.
- Cédula de habitabilidad: Dependerá de la obligatoriedad según la comunidad autónoma. Este documento certifica que la vivienda está lista para entrar a vivir. Como con el anterior certificado, es necesaria la inspección por parte de un técnico.
- Gastos de cancelación de hipoteca: Para aquellos inmuebles que ya han pagado la hipoteca pero no la han cancelado en el Registro. Este trámite puede hacerse por diferentes vías, y el precio variará según la que escojamos. Podemos realizarla mediante la gestoría del banco o la del comprador (opción más cara), mediante una gestoría independiente, o por nuestra cuenta.
- Tasación de la vivienda: En el caso de que el vendedor quiera solicitarla.
Gastos durante la venta de la vivienda
- Contrato de arras: Se trata de un documento que protege al vendedor y el comprador en el caso de que alguna de las partes decida no seguir adelante. NO es obligatorio, pero se recomienda su realización. El contrato de arras estipula las condiciones pactadas durante la negociación (precio, señal, fecha límite de la firma, reparto de los gastos…)
- Gastos de notaría: Normalmente pagados por el comprador. Serían los gastos de escritura pública y los honorarios del notario. Los gastos de notaría suelen negociarse para ver cuál de las partes se hace cargo.
- Honorarios de la inmobiliaria (en el caso de que exista en el proceso)
- Certificado de la comunidad: En el caso de que la vivienda cuente con comunidad de propietarios es importante solicitar un documento que acredite que el vendedor está al día en los pagos.
Impuestos derivados de la venta de la vivienda
- IRPF o plusvalía estatal: Deberemos notificar a la agencia Tributaria los beneficios obtenidos por la venta del inmueble, ya que se trata de una ganancia patrimonial.
- Plusvalía municipal: El pago realizado al ayuntamiento por el aumento de valor de la vivienda.
- IBI (impuesto de bienes inmuebles): Este impuesto se paga todos los años cuando somos propietarios de un inmueble. Por lo que si realizamos la venta después de dicho pago será el vendedor el que se haga cargo. Normalmente, las partes acuerdan el pago del IBI correspondiente al disfrute de la vivienda en el año de la venta.
¿Puedo ahorrarme algún trámite en la venta de una vivienda?
Es posible que podamos recortar un poco los gastos de la venta si:
- La cédula de habitabilidad no es obligatoria en nuestra comunidad autónoma
- La nota simple la solicita el comprador
- El contrato de arras lo redactamos nosotros y no un abogado o una inmobiliaria
- Negociamos con el comprador los gastos de notaría
- No contamos con una inmobiliaria en los trámites de compra-venta
- Si ya tenemos la hipoteca cancelada
- Si por alguna razón, la venta se realiza con pérdidas o existe alguna exención que nos libre del pago del IRPF